Por traición a la patria el senador Jorge Enrique Robledo presentó denuncio penal contra el presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez, ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
El vocero del Polo Democrático Alternativo afirmó que el Presidente, como Jefe del Gobierno, Jefe del Estado y máxima Autoridad Administrativa, vulneró el bien jurídico de la existencia y seguridad del Estado cuando ordenó suscribir, el pasado 22 de noviembre de 2006, el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Colombia y Estados Unidos.
Los siguientes son los artículos del Código Penal en los que Robledo fundamenta su denuncia:
"DELITOS CONTRA LA EXISTENCIA Y SEGURIDAD DEL ESTADO "CAPITULO I. "DE LOS DELITOS DE TRAICIÓN A LA PATRIA
ARTICULO 455. MENOSCABO DE LA INTEGRIDAD NACIONAL. (penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005). El texto con las penas aumentadas es el siguiente:
“El que realice actos que tiendan a menoscabar la integridad territorial de Colombia, a someterla en todo o en parte al dominio extranjero, a afectar su naturaleza de Estado soberano, o a fraccionar la unidad nacional, incurrirá en prisión de trescientos veinte (320) a quinientos cuarenta (540) meses.(resaltado fuera del texto)
ARTICULO 457. TRAICION DIPLOMATICA. (penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005). El texto con las penas aumentadas es el siguiente: “El que encargado por el Gobierno Colombiano de gestionar algún asunto de Estado con gobierno extranjero o con persona o con grupo de otro país o con organismo internacional, actúe en perjuicio de los intereses de la República, incurrirá en prisión de ochenta (80) a doscientos setenta (270) meses. "Si se produjere el perjuicio, la pena se aumentará hasta en una tercera parte” (resaltados fuera del texto).
* Boletín tomado de la oficina de Prensa del Senador Jorge Enrique Robledo
ARTICULO 455. MENOSCABO DE LA INTEGRIDAD NACIONAL. (penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005). El texto con las penas aumentadas es el siguiente:
“El que realice actos que tiendan a menoscabar la integridad territorial de Colombia, a someterla en todo o en parte al dominio extranjero, a afectar su naturaleza de Estado soberano, o a fraccionar la unidad nacional, incurrirá en prisión de trescientos veinte (320) a quinientos cuarenta (540) meses.(resaltado fuera del texto)
ARTICULO 457. TRAICION DIPLOMATICA. (penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005). El texto con las penas aumentadas es el siguiente: “El que encargado por el Gobierno Colombiano de gestionar algún asunto de Estado con gobierno extranjero o con persona o con grupo de otro país o con organismo internacional, actúe en perjuicio de los intereses de la República, incurrirá en prisión de ochenta (80) a doscientos setenta (270) meses. "Si se produjere el perjuicio, la pena se aumentará hasta en una tercera parte” (resaltados fuera del texto).
* Boletín tomado de la oficina de Prensa del Senador Jorge Enrique Robledo
Esto está bueno, como siempre el PDA queriendo levantar ampolla y polirzación cada vez que se enfria un tema para el cual son protagonistas; esta semana no podia terminarse con nuevo escudo de reflexión: "La demanda en contra del Presidente"...
Es bastante curioso que este señor que es un completo opositor al gobierno actual de colombia sea el nuevo estandarte del PDA, luego de que G.Petro y Cia decidieran no seguir el hilo de la pelea cuando R.Pabón amenazó a A.Wolf de contar la historia "UnderGround" del M19.
El señor J.Robledo es bastante carismatico y muy buen orador, pero de vez en cuando sale con unos disparates como el de adoptar el modelo cubano o hasta entregar el territorio colombiano a las FARC.
Curiosamente los mismos articulos en los que basa la demanda a Alvaro Uribe, se podrian aplicar a G.Petro que cada vez que se le pregunta acerca de su participación en el M19, solo diga "Es que a mi me torturaron en el Cantón Norte" y siempre esquive las respuestas acerca de los actos terroristas en contra de policias en Cundinamarca su área de acción cuando conformaba el M19.
A lo que voy es que por ejemplo, a G.Petro es facíl sacar algunas demandas y aquí van los articulos:
Articulo 136, Numeral 6: Autorizar viajes al exterior con dineros del erario, salvo en cumplimiento de misiones específicas, aprobadas al menos por las tres cuartas partes de los miembros de la respectiva Cámara.
Entonces alguien me puede explicar los viajes de campaña que hacia G.Petro en noviembre y diciembre de 2006 para la campaña presidencial de H.Chavez?
ARTICULO 455. MENOSCABO DE LA INTEGRIDAD NACIONAL. (penas aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004, a partir del 1o. de enero de 2005). El texto con las penas aumentadas es el siguiente: “El que realice actos que tiendan a menoscabar la integridad territorial de Colombia, a someterla en todo o en parte al dominio extranjero, a afectar su naturaleza de Estado soberano, o a fraccionar la unidad nacional, incurrirá en prisión de trescientos veinte (320) a quinientos cuarenta (540) meses.
Aquí G.Petro asegura que en colombia no hay demoracia, entonces señor G.Petro que hay aquí en colombia?
4 Observaciones:
El que el sr. Jorge Robledo sea buen orador no se discute. De hecho es un poco coincidencial que por estos dias haya otro buen orador visitando nuestro pais; José Luis de Jesús Miranda asegura ser un anticristo benevolo, y expone convincentes argumentos para hacernos entender que el pecado sencillamente NO EXISTE. (woohooo!! esas son excelentes noticias para un pecador de mi talla).
Un buen orador no es un buen pensador. Los regimenes de izquierda cuentan con apabullantes oradores. Un buen pensador por el contrario suele permanecer en silencio, mide el diametro de sus palabras, y con mayor prudencia revisa triplemente el alcance de sus acciones.
El sr Jorge Robledo y su discurso son un perfecto ejemplo. Por un lado tiene como costumbre exponer una retorica grandilocuente que termina siendo increiblemente efectiva con el espectador mas cándido. Por el otro lado, es practica usual de la propaganda oportunista el recurrir a empresas imposibles, que resultan siendo grandes actos de circo que solo pretenden llamar la atencion de una manera vulgar, improvisada y barata. Estoy seguro que J.R. es suficientemente inteligente para saber que su ilusa demanda no dara resultado, al igual que G.P. sabe que no hay motivo suficiente para solicitar la presencia de una comision de veeduria democratica. Ellos saben que todo este show no es mas efectivo que un acto de enanos payasos a la entrada de un almacen, que no pueden llamar la atencion por medio de los argumentos.
Si estos dos señores quieren conocer a un gobierno que sabe como negociar los intereses nacionales como si se tratase de un juego de Monopoly sin reglas, y que ademas ha tenido un exito rotundo en oprimir a la oposicion, que vayan y le "caigan" al parcerito Chavez que el les explica.
No estoy de acuerdo con todo el actuar de nuestro gobierno, y por lo mismo creo que no soy el unico que esta a la espera de una oposicion sensata y sin doble agenda.
Excelente comentario Boristheblade
Desgraciadamente la politica colombiana en el Congreso de oposición no lo toma como constitucionalmente se trata en este gobierno.
El alcance de las palabras que usan los cabecillas del PDA, son de carácter desestabilizador y casi siempre con ataques sobre el presidente pero nunca en los logros obtenidos en estos 5 años de gobierno continuo.
Lo felicito, me pareció un excelente artículo. Es impresionante que ex guerrilleros puedan llegar al congreso. Es lamentable, seguramente en 10 años los colombianos estarán votando por Mancusso. Me gustó mucho ver como la popularidad de Petro cae y la de Uribe sube.
Saludos
Gracias por tu aporte Felipe
Publicar un comentario